martes, 13 de septiembre de 2016

El Abogado general del Tribunal UE dice que el acuerdo agrícola UE-Marruecos no debe aplicarse al #SaharaOccidental

Tweets de Carlos Ruiz Miguel. Desde-el-Atlantico @DesdelAtlantico
Abogado general del tribunal UE: Acuerdo UE-Marruecos NO PUEDE APLICARSE al #SaharaOccidental porque NO ES MARRUECOS
Abogado general UE reconoce q ningún Estado de UE ¡¡NI FRANCIA!! reconoce soberanía de #Marruecos en #SaharaOccidental
El abogado general dl tribunal de la #UE dice que España SIGUE SIENDO LA POTENCIA ADMINISTRADORA dl #SaharaOccidental
Si el Tribunal no acepta sus nuevos argumentos, abogado general considera q se debería mantener la anterior sentencia
El Abogado general del Tribunal de Justicia de la UE propone una sentencia MÁS DURA que la recurrida
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Fuente: EUROPA PRESS, 13 de Septiembre de 2016
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Melchior Wathelet, ha propuesto este viernes que se anule la sentencia que declaró nulo el acuerdo comercial entre la UE y Marruecos por incluir en su aplicación al Sáhara Occidental, al considerar que este territorio no forma parte de Marruecos y que, por tanto, el acuerdo no le es aplicable.
La UE y Marruecos concluyeron en 2012 un acuerdo que establecía medidas de liberalización de comercio de productos agrícolas, productos agrícolas transformados, pescado y productos de pesca. El Frente Polisario interpuso un recurso de anulación y el Tribunal General de la UE anuló el acuerdo en diciembre del año pasado puesto que incluía en su aplicación al Sáhara Occidental.
Las conclusiones del abogado general presentadas este martes responden al recurso interpuesto por la UE, apoyada por otros Estados miembros como España, pidiendo la anulación de la sentencia del Tribunal General.
En las mismas, Wathelet considera que el Sáhara Occidental no forma parte de Marruecos y que por tanto, contrariamente a lo declarado por el Tribunal General, ni el Acuerdo de Asociación UE-Marruecos ni el acuerdo comercial concluido en 2012 le son aplicables.
Así, dada la "inaplicabilidad" de los acuerdos en el Sáhara occidental, el abogado general propone al Tribunal de Justicia que en su futuro dictamen anule la sentencia del Tribunal General y declare inadmisible el recurso del Frente Polisario, puesto que "no mantiene un interés en la anulación" del acuerdo comercial.
A esto, el abogado general añada que, aunque los acuerdos fueran aplicables al Sáhara occidental, el pacto de liberalización entre la UE y Marruecos "no afecta directa e individualmente al Frente Polisario", por lo que "su recurso también debería desestimarse por ese motivo".
Fuente: Agroinformación. 13/09/2016
La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) considera que el informe de conclusiones presentado este martes 13 por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Melchior Wathelet, sobre la sentencia que declaró nulo el acuerdo agrícola y comercial UE-Marruecos confirman la “chapuza jurídica” en la que está sustentado.
En las mismas, Wathelet considera que el Sáhara Occidental no forma parte de Marruecos y que por tanto, ni el Acuerdo de Asociación UE-Marruecos ni el acuerdo comercial aprobado en 2012 le son aplicables.
Sin embargo, las producciones del Sáhara, caso del tomate, se tuvieron en cuenta a la hora de negociar contingentes y condiciones de entrada que recoge el acuerdo de libre comercio en cuestión. De hecho, en la actualidad entran productos agrícolas del Sáhara Occidental bajo las condiciones del mismo.
ACUERDO AGRICOLA UE MARRUECOS COAG 2Además, tal y como denunció COAG en noviembre de 2012, el Acuerdo de libre comercio agrícola UE-Marruecos vulnera, a su vez, la legislación europea sobre comercialización de frutas y hortalizas frescas al limitar la capacidad de los consumidores para discernir claramente si un producto etiquetado como originario de Marruecos procede de este Reino, o bien procede del Sahara Occidental.
La legislación europea de frutas y hortalizas establece que los productos destinados a ser vendidos frescos al consumidor solo podrán comercializarse si en ellos figura la indicación del país de origen. “Las conclusiones presentadas hoy tambalean los fundamentos del acuerdo por lo que exigimos su inmediata suspensión”, ha subrayado Andrés Góngora.

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